º Cuando el monto correspondiente a la Reserva de Estabilización de Rendimiento sea inferior al requerido, de conformidad con lo previsto en el artículo 1 º del presente Decreto, la Superintendencia Bancaria deberá aplicar una multa, en favor del Fondo de Solidaridad Pensional, equivalente al 3.5% del valor del defecto mensual que presenten. Cuando el defecto corresponda a la reserva de estabilización de rendimientos destinada a garantizar la rentabilidad mínima del fondo de cesantía, continuará aplicándose lo previsto en el numeral 5 del artículo 162 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Decreto 721 de 1994 →In force
Article 6
Cuando El Monto Correspondiente A La Reserva De Estabilización De Rendimiento Sea Inferior Al Requerido, De Conformidad Con Lo Previsto En El Artículo 1 º Del Presente Decreto, La Superintendencia Bancaria Deberá Aplicar Una Multa, En Favor Del Fondo De Solidaridad Pensional, Equivalente Al 3
Decreto 721 de 1994 · por el cual se dictan normas en materia de reservas de estabilización de rendimientos
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01
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02
Constitutional history
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