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Article 62

Son Deberes Y Funciones Del Médico Del Establecimiento: A) Dictar Y Hacer Cumplir Las Normas Sobre Higiene; B) Concurrir Diariamente Al Establecimiento Para Examinar A Los Enfermos Y Cada Vez Que Sea Necesario, Bien Porque Se Le Llame O Porque El Cuidado Del Enfermo Así Lo Exige; C) Consignar Permanentemente En Un Libro Las Formulas O Prescripciones Que Estime Necesarias Y Las Historia Clínica De Cada Enfermo; D) Revisar Periódicamente La Población Carcelaria; E) Hacer Que Se Lleve Un Libro De Registro De Entrada Y Salida De Los Enfermos De La Enfermería A Los Hospitales

Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones

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01

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Son deberes y funciones del Médico del Establecimiento

a)

Dictar y hacer cumplir las normas sobre higiene;

b)

Concurrir diariamente al Establecimiento para examinar a los enfermos y cada vez que sea necesario, bien porque se le llame o porque el cuidado del enfermo así lo exige;

c)

Consignar permanentemente en un libro las formulas o prescripciones que estime necesarias y las historia clínica de cada enfermo;

d)

Revisar periódicamente la población carcelaria;

e)

Hacer que se lleve un libro de registro de entrada y salida de los enfermos de la enfermería a los hospitales.

f)

Informar al Director acerca del estado físico y de salud de los detenidos o condenados, cuando tales datos sean indispensables, y resolver las consultas que sobre el particular se hagan;

g)

Cerciorarse de la buena calidad de las medicinas y de los artículos alimenticios destinados a los enfermos y en general a los recluso, y todo lo demás que puedan interesar a su salud con tal fin debe visitar una vez por semana los locales del Establecimiento, los almacenes de víveres, la cocina etc; de tales visitas dará cuenta por escrito el Director.

h)

Presentar al Director cada seis meses un informe sobre el estado sanitario del Establecimiento y acerca de las mejoras que en tal sentido deban hacerse.

i)

Dictar frecuentemente conferencias a todo el personal del Establecimiento, sobre higiene, sobre las cuestiones médicas que interés hacer conocer

j)

Señalar a los practicantes y enfermos sus deberes y velar por que los cumpla estrictamente.

k)

Controlar el funcionamiento de la farmacia.

l)

Dirigir y controlar los servicios de consulta, laboratorio, servicio de cirugía, de enfermería, de hospitalización, frenocomios, etc. ll) Rendir mensualmente un informe estadístico al Director del Establecimiento, sobre el número de enfermos y especificación de las enfermedades.

m)

Colaborar en la confección de la Cartilla Biográfica en la parte que a él le corresponde.

n)

Atender en la consulta médica a los empleados del Establecimiento, en caso de la necesidad.

02

Constitutional history

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