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Article 2.2.5.8.2.5

Beneficios Por Colaboración

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Beneficios por colaboración. La persona que sea certificada por el Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL), y que voluntariamente desee colaborar con la desvinculación de los menores de edad que se encuentren en el Grupo Armado Organizado, hacer un aporte eficaz a la Fuerza Pública. y/o a la Fiscalía General de la Nación, entregando elementos ilícitos, armas, municiones, uniformes de uso privativo de las Fuerzas Militares, listado de testaferros, líderes del GAO, bienes y activos, sustancias psicoactivas ilícitas, sustancias estupefacientes y otros elementos del Grupo Armado Organizado (GAO), y/o facilite el ingreso de otros integrantes de los GAO a la ruta de sometimiento individual, o su judicialización, podrá recibir del Ministerio de Defensa Nacional una bonificación económica conforme a lo determinado previamente por ese Ministerio, sin perjuicio de los beneficios por colaboración consagrados en el código penal.

Parágrafo 1

El Ministerio de Defensa Nacional expedirá las instrucciones para el pago de las bonificaciones económicas a las personas certificadas por el Comité Interinstitucional de Sometimiento Individual a la Legalidad (CISIL).

Parágrafo 2

La información que la Fuerza Pública reciba de la persona que se presente voluntariamente con fines de sometimiento, como aporte eficaz para la desarticulación del Grupo Armado Organizado al que pertenecía o sobre cualquier tipo de práctica delictiva de la que tenga conocimiento, se le entregará de manera inmediata a la Fiscalía General de la Nación para que ejerza sus competencias legales y para que se evalúe el otorgamiento de los beneficios por colaboración previstos en la Ley 906 de 2004, Ley 600 de 2000 o en la Ley 1098 de 2006, según sea el caso.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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