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Article 5

O

Decreto 70 de 1990 · Por el cual se establece la escala de remuneración para los empleos del Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión- y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

o. A partir del 1° de enero de 1990, el subsidio de alimentación mensual para los funcionarios del Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión-, será de seis mil novecientos cincuenta pesos ($6.950) moneda corriente. El subsidio de alimentación para el personal a que se refiere el artículo 4° del presente Decreto, continuará pagándose cada mes en la cuantía de cinco mil cuatrocientos ochenta y ocho pesos ($5.488) moneda corriente. No tendrá derecho a este subsidio el funcionario que esté gozando de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.

Parágrafo

Cuando el Instituto Nacional de Radio y Televisión -Inravisión- suministre alimentación a los empleados, no habrá lugar al reconocimiento del subsidio en dinero.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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