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Article 8

Los Aspirantes Al Examen De Cultura General Consignarán En La Secretaría Del Ministerio O En La Respectiva Dirección De Educación Pública, En El Acto De Hacer Su Petición, La Cantidad De Diez Pesos ($ 10) Moneda Corriente, Como Derechos De Examen

Decreto 1568 de 1934 · Por el cual se reglamentan los exámenes de cultura general y de admisión a las Facultades Universitarias

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Text of the article

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°. Los aspirantes al examen de cultura general consignarán en la Secretaría del Ministerio o en la respectiva Dirección de Educación Pública, en el acto de hacer su petición, la cantidad de diez pesos ($ 10) moneda corriente, como derechos de examen. Si se tratare de los comprendidos en el artículo anterior, la consignación será de veinte pesos ($ 20). Estas cantidades se destinarán exclusivamente al pago de los honorarios de los miembros del Consejo Examinador, conforme a la distribución que hagan el Ministerio o la Dirección de Educación, según el Caso.

02

Constitutional history

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