Con base en el censo de que trata el artículo anterior, la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero ofrecerá a cada propietario la celebración de un convenio en los términos que señala el artículo 4º, y con arreglo a las demás condiciones y modalidades, que a juicio de la Caja, sean necesarias para garantizar la efectividad del reembolso. Si dentro de los 60 días siguientes a la notificación de esa oferta, el propietario no se allanare a firmar tal convenio o guardare silencio sobre él; o bien, si no suscribiere la escritura de hipoteca a favor de la Caja, a satisfacción de ésta, dentro del término que el mismo convenio señale, habrá lugar a la expropiación del respectivo terreno de conformidad con las normas del Decreto número 1112 de 1952.
Decreto 3378 de 1959 →In force
Article 10
Decreto 3378 de 1959 · Por el cual se reglamenta la Ley 103 de 1958 sobre realización de obras de irrigación en el Departamento del Atlántico
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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