JurídicoESEN

Article 37

Decreto 1447 de 1995 · por el cual se reglamenta la concesión del servicio de radiodifusión sonora en gestión directa e indirecta, se define el Plan General de Radiodifusión Sonora y se determinan los criterios y conceptos tarifarios y las sanciones aplicables al servicio.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Incumplimiento de la Concesión . El incumplimiento por parte del concesionario de los términos en que se otorga la concesión y de las disposiciones aplicables al servicio dará lugar a la imposición de sanciones mediante resolución motivada del Ministerio de Comunicaciones, que podrán consistir según la gravedad de la falta, el daño producido y la reincidencia en su comisión, en

1.

Multas hasta por una suma equivalente a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales.

2.

Suspensión de las transmisiones hasta por un término de dos (2) meses.

3.

Cancelación de la licencia de concesión para la prestación del servicio.

Parágrafo 1

Cuando a los concesionarios del servicio comunitario de radiodifusión sonora se les aplique como sanción multas, éstas serán hasta por una suma equivalente a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales.

Parágrafo 2

Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo serán aplicables a los concesionarios, las demás sanciones previstas en la ley por las infracciones que se cometan en relación con el contenido de la programación y en general con la prestación del servicio.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1447 de 1995