En toda decisión de un Tribunal en Sala, ya de Acuerdo de Decisión o de Apelación, se necesita mayoría absoluta para la parte resolutiva, y mayoría relativa para la parte motiva.
Cuando no se pueda obtener una u otra de tales mayorías se debe llamar por turno a otro u otros Magistrados del mismo Tribunal para que la formen, o llamar al Conjuez o Conjueces necesarios.