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Article 1

Decreto 596 de 1956 · Por el cual se crea la Oficina de Planeación en el Ministerio de salud Pública

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01

Text of the article

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Artículo primero. Créase la Oficina de Planeación del Ministerio de Salud Pública, cuyas funciones serán las siguientes: 1°) Estudiar la organización actual del Ministerio y de los organismos seccionales de salud pública, y formular recomendaciones para su reorganización, con el objeto de capacitarlas para ejecutar con la mayor eficiencia los planes previstos en el presente Decreto. 2°) Estudiar los métodos y sistemas de operación que garanticen una completa coordinación entre las entidades de Salud Pública nacionales, departamentales y municipales, los organismos internacionales interesados en la salud pública, y otras entidades oficiales como particulares. 3°) Estudiar los problemas sanitarios y asistenciales del país. 4°) Formular los planes, tanto anuales como de largo plazo. 5°) Proponer prioridad para su adopción. 6°) Las demás que le señale el Ministro.

02

Constitutional history

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