JurídicoESEN

Article 2

Loas Apoderados De Los Pensionados Ausentes De La Capital Harán Declaratoria En Papel Común, Ante El Referido Ministerio, Del Lugar De La Residencia De Sus Poderdantes, U Esta Declaratoria Se Trasmitirá Original A Los Gobernadores De Los Departamentos, Para Que Tales Funcionarios Se Cercioren De La Identidad De Los Agraciados, Su Estado De Pobreza Y Conducta Moral; Diligencia De La Cual Darán Parte Al Ministerio Del Tesoro Para Los Efectos Legales

Decreto 571 de 1887 · Por el cual se reglamentan las leyes 50 de 1886 y 56 de 1887

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Loas apoderados de los pensionados ausentes de la capital harán declaratoria en papel común, ante el referido Ministerio, del lugar de la residencia de sus poderdantes, u esta declaratoria se trasmitirá original a los Gobernadores de los Departamentos, para que tales funcionarios se cercioren de la identidad de los agraciados, su estado de pobreza y conducta moral; diligencia de la cual darán parte al Ministerio del Tesoro para los efectos legales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 571 de 1887