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Article 4

Vigencia

Decreto 1296 de 2022 · por el cual se modifican los artículos 2.2.4.4.3 y 2.2.4.4.4. y se adiciona el Capítulo 11 al Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, Decreto Único Reglamentario por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

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01

Text of the article

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° Vigencia. El presente decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su expedición, modifica los artículos 2.2.4.4.3 y 2.2.4.4.4. y adiciona el Capítulo 11 al Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, Decreto Único Reglamentario por el cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones. Las entidades a las que corresponda, tendrán plazo desde la expedición del presente Decreto y hasta el 30 de mayo de 2023, para realizar las actividades y los ajustes técnicos necesarios a su cargo, que permitan realizar el pago de los cálculos actuariales por omisión a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes – PILA.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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