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Article 8

Ley 15 de 1989 · por la cual se expiden normas sobre organización, financiamiento y control de los servicios de salud y asistencia pública, se reorganiza la Superintendencia de Seguros de Salud y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

o . El Superintendente Nacional de Salud es agente del Presidente de la República, de su libre nombramiento y remoción, que obrando de conformidad con sus instrucciones y con las políticas de salud y de control y eficiencia del gasto que adopten respectivamente el Ministerio de Salud y el Gobierno Nacional, ejercerá las siguientes atribuciones:

a)

Ejercer la representación legal de la Superintendencia;

b)

Programar, dirigir, organizar y controlar con la inmediata colaboración del Secretario General las actividades de la institución;

c)

Cumplir bajo su propia responsabilidad las funciones que el Presidente de la República le delegue o las leyes le confieran;

d)

Dictar y ejecutar las providencias de carácter administrativo necesarias para el eficaz cumplimiento de los objetivos y atribuciones de la Superintendencia;

e)

Celebrar los actos y contratos de la entidad;

f)

Propender y velar por el cabal cumplimiento del régimen relativo a los Seguros Sociales Obligatorios y expedir las providencias necesarias para su adecuada aplicación por las entidades encargadas de su gestión y administración;

g)

Dirigir y evaluar las actividades de control, inspección y vigilancia sobre las entidades encargadas de administrar y explotar el monopolio de loterías, apuestas permanentes y otros juegos de azar, observando los criterios consignados en el Artículo 6 o ;

h)

Propender y velar por una idónea, eficiente y técnica prestación de los servicios médico asistenciales y de asistencia pública que corresponde gestionar a las entidades de que tratan los literales b) y c) del artículo 5 o ;

i)

Cuidar de la exacta y puntual recaudación y del oportuno giro de los recursos fiscales creados como fuentes de financiamiento de los servicios de salud y asistencia pública;

j)

Nombrar y remover, conforme a las disposiciones legales, al personal de la Superintendencia;

k)

Presentar a consideración y aprobación del Ministerio de Salud el proyecto de presupuesto anual de la Superintendencia;

l)

Imponer mediante resolución motivada las sanciones pecuniarias a que se hagan acreedores los representantes legales de consejos directivos y funcionarios de las entidades sometidas a su vigilancia, de acuerdo a la ley y los reglamentos;

m)

Liquidar con posterioridad a la aprobación que se imparta a cada presupuesto anual, la contribución que corresponda sufragar a las entidades sometidas al control de la Superintendencia;

n)

Presentar, semestralmente, un informe de labores al Presidente de la República.

02

Constitutional history

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