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Article 15

Ley 53 de 1990 · Por la cual se modifican algunos artículos de los Códigos de Régimen Departamental y Municipal; los Decretos-leyes números 1222 y 1333 de 1986; la Ley 78 de 1986 y el Decreto-ley número 077 de 1987

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Adóptanse como inciso 1o., 2o., 3o., del artículo 88 del Decreto 077 de 1987, el siguiente:

El Alcalde deberá presentar al Concejo Municipal, durante los primeros cinco (5) días de las sesiones del mes de agosto, el proyecto de acuerdo sobre plan general de inversión, donde estén incluidos los recursos provenientes de la participación municipal en el impuesto a las ventas, IVA.

Los Concejos podrán eliminar, reducir o cambiar las inversiones propuestas, dentro de las prescripciones y límites señalados por la ley.

Si el Concejo no expidiere el acuerdo en las sesiones ordinarias del mes de agosto, el alcalde pondrá en vigencia, mediante decreto, expedido con todas las formalidades legales, el proyecto que hubiere presentado.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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