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Article 4

Canon Periódico Y Porcentual Por La Explotación Y Utilización Del Espectro Radioeléctrio

Decreto 3046 de 1997 · por el cual se fijan los derechos que se deben pagar por concepto de la concesión, explotación y utilización del espectro radioeléctrico en las actividades y servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado y se establecen otros derechos tarifarios.

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01

Text of the article

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º. Canon periódico y porcentual por la explotación y utilización del espectro radioeléctrio. Los concesionarios de servicios de telecomunicaciones que utilicen sistemas de acceso troncalizado, pagarán trimestralmente por concepto de los derechos de utilización y explotación del espectro radioeléctrico asignado, durante el término de la concesión, un canon periódico y porcentual equivalente al cinco por ciento (5%) de los ingresos brutos, que por la prestación del servicio perciba el concesionario de sus suscriptores. Cada tres (3) meses el concesionario enviará al Ministerio de Comunicaciones una relación detallada de los ingresos brutos percibidos en el período correspondiente, certificada por Contador Público y pagará la suma a que se refiere el presente artículo dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al trimestre de su acusación.

Parágrafo

En todo caso, los concesionarios de servicios de telecomunicaciones que presten multiplicidad de servicios, deberán llevar contabilidad separada para cada uno de los servicios que presten; el costo, los ingresos y la modalidad de las operaciones entre cada servicio deben registrarse de manera explícita.

02

Constitutional history

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