Cuando la sentencia que se dicte en estos juicios fuere favorable a la parte que se opuso al registro de la marca, no se dará curso a la solicitud o se cancelara la inscripción, si se tratare de una marca ya registrada. En esta sentencia se condenara a la parte vencida al pago de las costas judiciales.
En caso de sentencia desfavorable a una solicitud de registro, el interesado tendrá derecho a la devolución de la mitad de los derechos consignados.