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Article 3

Habrá En La Costa Atlántica Una Administración General De Salinas Marítimas, Con Asiento En La Ciudad De Barranquilla, Y Con Los Empleados Y Sueldos Que En Seguida Se Determinan: 1

Decreto 986 de 1922 · Por el cual se organiza la Administración de las salinas marítimas del Atlántico y la venta de sus sales en los Departamentos del Pacífico

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Text of the article

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° Habrá en la Costa Atlántica una Administración general de Salinas Marítimas, con asiento en la ciudad de Barranquilla, y con los empleados y sueldos que en seguida se determinan

1.

Un Administrador General Tesorero, con sueldo mensual de$400

2.

Un Contador Interventor, con sueldo mensual de$250

3.

Un Tenedor de Libros, con sueldo mensual de $140

4.

Un Oficial Secretario, con sueldo mensual de$100 5: Un Escribiente Archivero y Portero, con sueldo mensual de $ 60 6° Un Ingeniero, son sueldo mensual de $200

Parágrafo

Si el Gobierno estimare conveniente nombrar un técnico o experto para la explotación científica de las salinas, tal técnico funcionará de acuerdo con el Ingeniero y conforme a las órdenes del Administrador General, y su remuneración será la que se fije por Contrato o Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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