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Article 43

Las Entidades Encargadas De La Inspección Y Vigilancia De Las Fundaciones Y Asociaciones Sin Ánimo De Lucro Cuyos Objetivos Sean La Prestación De Servicios Educativos, Científicos, Culturales, De Recreación, Deportes, O Tecnológicas, Que No Sean Controladas Por El Icfes, Deben Enviar A Las Gobernaciones, A La Alcaldía Mayor De Bogotá O Al Ministerio De Educación Nacional, Según El Caso, Los Resultados De Las Acciones De Inspección Y Vigilancia, Con El Fin De Disponer De Los Antecedentes Que Sean Necesarios Para Decidir Sobre La Cancelación De La Personería Jurídica

Decreto 525 de 1990 · por el cual se reglamentan los artículos 55, 57, 59 y 60 de la Ley 24 de 1988, parcialmente los artículos 12, 13 y 18 de la Ley 29 de 1989 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las entidades encargadas de la inspección y vigilancia de las fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro cuyos objetivos sean la prestación de servicios educativos, científicos, culturales, de recreación, deportes, o tecnológicas, que no sean controladas por el Icfes, deben enviar a las Gobernaciones, a la Alcaldía Mayor de Bogotá o al Ministerio de Educación Nacional, según el caso, los resultados de las acciones de inspección y vigilancia, con el fin de disponer de los antecedentes que sean necesarios para decidir sobre la cancelación de la personería jurídica.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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