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Article 2.2.5.1.4

Objeto E Integración Del Consejo Permanente De Dirección

Decreto 1081 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Objeto e integración del Consejo Permanente de Dirección. El Consejo Permanente de Dirección es una instancia de apoyo a la Dirección General del PNIS y estará integrada por

1.

Tres representantes del Gobierno nacional, designados por el director del PNIS, uno de los cuales la presidirá.

2.

Tres representantes designados por el Consejo Nacional de Reincorporación.

3.

Representantes de organizaciones sociales de los territorios afectados por los cul­tivos de uso ilícito que serán elegidos por la Junta de Direccionamiento Estratégi­co.

Parágrafo

Con el fin de garantizar la incorporación de los enfoques diferenciales, de género, étnico y territorial en las diferentes etapas de elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del PNIS, el Consejo Permanente de Dirección podrá consultar e invitar a este escenario a la Instancia Especial para el Seguimiento al Enfoque de Género y Garantía de los Derechos de la Mujeres y a la Instancia Especial de Alto Nivel de los Pueblos Étnicos, que hacen parte de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo Final (CSIVI) o a los demás que estime conveniente.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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