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Article 105

Dotación Adicional Para Oficiales Y Suboficiales

Decreto 1300 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 612 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

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01

Text of the article

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Dotación adicional para oficiales y suboficiales. Los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, al ser ascendidos a los grados que más adelante se enumeran, tendrán derecho a recibir por una sola vez, con cargo al presupuesto de la respectiva Fuerza y como dotación adicional no imputables a su partida anual, prendas o uniformes puro un valor equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la respectiva partida anual

a)

Oficiales, al ser ascendidos a los grados de mayor o capitán de corbeta y brigadier general o contralmirante.

b)

Suboficiales, al ser ascendidos al grado de sargento viceprimero, suboficial primero o suboficial técnico primero.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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