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Article 12

Deberes Del Entrevistado

Decreto 2840 de 2013 · por el cual se establece el Procedimiento para el Reconocimiento de la Condición de Refugiado, se dictan normas sobre la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado y otras disposiciones.

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01

Text of the article

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Deberes del entrevistado . Durante la entrevista el solicitante tendrá los siguientes deberes

1.

Decir la verdad y ayudar en todo lo posible al entrevistador a determinar los hechos del caso. En todo caso, su actuación será de acuerdo con el principio de buena fe.

2.

Aportar, en apoyo de sus declaraciones, las evidencias disponibles si las tuviere.

3.

Proporcionar toda la información pertinente acerca de sí mismo y la experiencia por la que ha pasado, con todos los detalles que sean necesarios para que el entrevistador pueda determinar los hechos pertinentes.

Parágrafo 1

En aquellos casos que se considere necesario o lo solicite el interesado, se le suministrará un intérprete.

Parágrafo 2

En aquellos casos que se considere necesario o lo solicite el interesado, la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado podrá citarlo a entrevistas adicionales. CAPÍTULO VI Del procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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