JurídicoESEN

Article 22

Son Funciones De La Sección De Visitaduría Del Trabajo: A) Dirigir, Coordinar, Controlar Y Evaluar Las Labores Del Grupo De Encuestas Laborales; B) Adelantar Las Investigaciones A Que Haya Lugar Por El Incumplimiento De Las Normas Legales, Convencionales O Arbítrales, En Materia Laboral; C) Practicar Visitas De Inspección Para Establecer El Cumplimiento De Las Normas Legales, En Materia Laboral Y De Seguridad Social De Los Trabajadores; D) Imponer Las Sanciones Pertinentes A Quienes Violen Las Normas Legales, Convencionales O Arbitrales; E) Estudiar Las Actas De Visitas De Inspección Y Los Informes Relacionados Con Las Investigaciones, Con El Fin De Poner En Conocimiento De La Unidad Competente, Los Problemas Y Las Necesidades Que Resulten De La Aplicación De Las Disposiciones Legales Reguladoras Del Derecho De Trabajo; F) Sugerir Las Medidas Tendientes A Mejorar La Vigilancia Y Control Del Cumplimiento De Las Normas Legales, En Materia Laboral, Y G) Preparar, Con Destino A La División De Instrucción Y Capacitación Laboral, El Material Didáctico En Materia De Vigilancia, E Inspección Del Trabajo

Decreto 62 de 1976 · Por el cual se modifica la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Articulo 22. Son funciones de la Sección de Visitaduría del Trabajo

a)

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores del Grupo de Encuestas Laborales;

b)

Adelantar las investigaciones a que haya lugar por el incumplimiento de las normas legales, convencionales o arbítrales, en materia laboral;

c)

Practicar visitas de inspección para establecer el cumplimiento de las normas legales, en materia laboral y de Seguridad Social de los trabajadores;

d)

Imponer las sanciones pertinentes a quienes violen las normas legales, convencionales o arbitrales;

e)

Estudiar las actas de visitas de inspección y los informes relacionados con las investigaciones, con el fin de poner en conocimiento de la unidad competente, los problemas y las necesidades que resulten de la aplicación de las disposiciones legales reguladoras del Derecho de Trabajo;

f)

Sugerir las medidas tendientes a mejorar la vigilancia y control del cumplimiento de las normas legales, en materia laboral, y

g)

Preparar, con destino a la División de Instrucción y Capacitación Laboral, el material didáctico en materia de vigilancia, e inspección del trabajo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 62 de 1976