° El veinte por ciento (20%) fijado en el artículo anterior para incremento de la asignación básica tendrá efecto únicamente para las plantas de personal previstas en los presupuestos aprobados para 1975 por las Asambleas Departamentales, el Concejo Distrital y los Concejos Municipales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Ley 43 de 1975. El mencionado veinte por ciento (20%) también se aplicará a la asignación básica en las Intendencias y Comisarías de acuerdo con los presupuestos de cada una para 1975, y a la del personal docente que antes de expedirse dicha Ley dependía directamente de la Nación.
Article 3
El Veinte Por Ciento (20%) Fijado En El Artículo Anterior Para Incremento De La Asignación Básica Tendrá Efecto Únicamente Para Las Plantas De Personal Previstas En Los Presupuestos Aprobados Para 1975 Por Las Asambleas Departamentales, El Concejo Distrital Y Los Concejos Municipales, De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 4° De La Ley 43 De 1975
Decreto 224 de 1977 · Por el cual se modifica el régimen de asignaciones del personal docente de enseñanza primeria y secundaria a cargo de la Nación
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