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Article 10

Requisitos Para Ser Elegido Miembro De La Junta Del Consejo Comunitario

Decreto 1745 de 1995 · por el cual se reglamenta el Capítulo III de la Ley 70 de 1993, se adopta el procedimiento para el reconocimiento del derecho a la propiedad colectiva de las "Tierras de las Comunidades Negras" y se dictan otras disposiciones.

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01

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Requisitos para ser elegido miembro de la Junta del Consejo Comunitario

1.

Pertenecer a la comunidad negra respectiva.

2.

Ser nativo del territorio de la comunidad para la cual se elige, reconocido por ésta y registrado en el censo interno, o tener residencia permanente por un período no inferior a diez (10) años y haber asumido las prácticas culturales de la misma.

3.

No estar desempeñando cargos públicos con excepción de la labor docente.

4.

Ser mayor de edad y ciudadano en ejercicio.

5.

Las que definan los reglamentos internos de las comunidades, que no sean contrarias a la Constitución y la Ley.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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