º Son Oficiales de reserva: 1º Los Oficiales procedentes del servicio activo del Ejército que sean pasados al escalafón de reserva; 2º Aquellos que con tal fin se preparen mediante cursos especiales en las escuelas del as armas y servicios, y 3º Los Sargentos Primeros de la clase de combatientes que después de quince años de servicio activo en el Ejército sean aprobados en sus exámenes y se les confiera el grado respectivo.
Los Oficiales de reserva solamente pueden ser llamados al servicio activo en caso de movilización total o parcial o por convocatoria a ejercicios especiales y por el tiempo de duración de la emergencia o de los ejercicios y en este caso tienen derecho a que el Tesoro Público les pague un auxilio en dinero equivalente aun mes del sueldo últimamente devengado por cada año de servicio continuo, siempre que la permanencia en el servicio activo haya sido mayor de un año. CAPITULO III De los nombramientos y ascensos de Oficiales.