Articulo 22. Cualquier modificación o cambio en la organización y su nomenclatura, deberá ser aprobada por la Junta Directiva lo mismo que la modificación, creación, supresión y fusión de cargos y su correspondiente nomenclatura. CAPITULO IV Régimen jurídico de los actos y contratos
Article 22
Cualquier Modificación O Cambio En La Organización Y Su Nomenclatura, Deberá Ser Aprobada Por La Junta Directiva Lo Mismo Que La Modificación, Creación, Supresión Y Fusión De Cargos Y Su Correspondiente Nomenclatura
Decreto 1350 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 14 de mayo 13 de 1969 proferido por la Junta Directiva del ICFES sobre adopción de los estatutos del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior
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Constitutional history
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