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Article 5

º

Decreto 196 de 1996 · por el cual se reglamentan los artículos 238, 239, 240, 242, 243, 244, 245, 246 y 247 de la Ley 223 de 1995.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Saneamiento para entidades descentralizadas. Los establecimientos públicos, las sociedades de economía mixta en que el Estado posea más del noventa por ciento (90%) y las empresas industriales y comerciales del Estado de cualquier nivel territorial a quienes antes del 22 de diciembre de 1995, se les impuso sanción por no declarar como consecuencia de la firma de las declaraciones de retención en la fuente o de ingresos y patrimonio por el Tesorero o Pagador o por funcionario distinto del representante legal, quedarán exonerados del pago de las sanciones impuestas, presentando en debida forma las declaraciones tributarias correspondientes a los períodos por los cuales se impuso sanción, a más tardar el 15 de febrero de 1996.

Parágrafo 1

º . Cuando los actos sancionatorios hubieren sido objeto de demanda o se encuentren dentro del término de caducidad para acudir ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, deberá desistirse de la acción o impugnación ante la autoridad respectiva.

Parágrafo 2

º . Una vez presentadas las declaraciones, deberá informarse a la Administración correspondiente para que ésta proceda a archivar los procesos sancionatorios.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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