°. Adiciónese un
al artículo 2.1.1.9.13, del Decreto número 1077 de 2015, el cual quedará así: “
A los hogares que estén conformados por uno o más ex integrantes de las FARC-EP que se encuentren dentro de la ruta de reincorporación que lidera la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), o la entidad que haga sus veces, podrá asignárseles adicionalmente el monto establecido en el artículo 2.1.1.1.13.2 del presente decreto”.
Artículo 2.1.1.9.13. DECRETO 1077 de 2015