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Article 7

O

Decreto 89 de 1990 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

o. El auxilio de alimentación para los empleados de la Registraduría Nacional del Estado Civil será de trescientos quince pesos ($315.00) moneda corriente, por cada día de trabajo y se pagará con cargo al presupuesto de la entidad. También habrá lugar al pago de este auxilio cuando se trabaje ocasionalmente en día sábado, dominical o festivo, en jornada de seis (6) horas o más. No se tendrá derecho a este auxilio cuando el funcionario disfrute de vacaciones o se encuentre en uso de licencia.

Parágrafo

Los funcionarios que tengan asignaciones, las cuales deducidas en un mil quinientos pesos ($1.500.00) moneda corriente, queden con valores cuyo monto dé derecho al auxilio de transporte, continuarán percibiéndolo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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