º El conocimiento de las solicitudes sobre personería jurídica de las entidades o empresas de transportes públicos o trabajos aéreos, será de competencia del Ministerio de Guerra, y las resoluciones que se dicten en cada caso serán expedidas por el Órgano Ejecutivo.
Article 3
El Conocimiento De Las Solicitudes Sobre Personería Jurídica De Las Entidades O Empresas De Transportes Públicos O Trabajos Aéreos, Será De Competencia Del Ministerio De Guerra, Y Las Resoluciones Que Se Dicten En Cada Caso Serán Expedidas Por El Órgano Ejecutivo
Decreto 813 de 1940 · Reglamentario de los artículos 14 y 15 de la Ley 89 de 1938, sobre reconocimiento de personería jurídica a compañías o entidades de aviación civil
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