Artículo sexto. El cargo de Secretario General tendrá la remuneración básica que corresponde a la categoría 28 de la escala de remuneración adoptada para los empleos administrativos por el artículo 1º del presente Acuerdo. El cargo de Secretario Genera es susceptible de Prima Técnica en una cuantía que sumada al sueldo básico no exceda del nivel de remuneración que le corresponde a los Subdirectores. La asignación de la Prima Técnica se hará, a solicitud del Director, por el Consejo Directivo, teniendo en cuenta los criterios que sobre la materia se apliquen en casos análogos en los Ministerios y Departamentos Administrativos.
Decreto 644 de 1969 →In force
Article 1
Del Presente Acuerdo
Decreto 644 de 1969 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 007 de 24 de marzo de 1969, que fija el régimen de clasificación y remuneración de los empleos de la Escuela Superior de Administración Pública, y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
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