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Article 3

Decreto 2320 de 1999 · por el cual se regulan la integración y el funcionamiento de la Comisión Consultiva de Instituciones de Educación Superior y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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º . Período. El período de cada uno de los miembros será de tres (3) años contados a partir de la respectiva designación. Con el propósito de lograr la integración de los procesos, preservar la memoria institucional de la Comisión y la renovación de sus criterios, cada tres (3) años se designarán sólo dos de sus miembros.

Parágrafo transitorio

Primera integración de la Comisión Consultiva. Para efectos de lo previsto en el presente artículo y con aplicación del procedimiento señalado en el

Parágrafo transitorio

del artículo 4º del presente decreto, el período de los miembros de la Comisión Consultiva que se designan por primera vez será de cinco (5) años y se renovarán así: dos (2) de ellos, al finalizar el cuarto año y tres (3) al finalizar el quinto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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