Serán condiciones para gozar de las becas de que trata esta Ley:
a)
Buena salud y buena constitución física.
b)
Tener a la entrada al Instituto de doce a catorce años.
c)
Saber leer y escribir.
ch) Ser el niño hijo de padres vecinos del Departamento respectivo, artesanos o agricultores pobres.
d)
Buena conducta anterior.