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Article 5

Podrán Ser Objeto De Proyectos, Fuera De Los Ya Indicados, Las Pequeñas Industrias Y Las Crías De Los Animales Adquiridos Por La Escuela, Y En Este Último Caso, El Cincuenta Por Ciento (50%) Del Producido Del Animal Vendido Ingresará A Los Fondos Reservados De La Escuela Y El Cincuenta Por Ciento (50%) Restante Pertenecerá A Los Alumnos En Proporción De Su Trabajo

Decreto 3115 de 1945 · Por el cual se reglamenta el aprovechamiento económico de los proyectos en las Escuelas Vocacionales Agrícolas

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01

Text of the article

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° Podrán ser objeto de proyectos, fuera de los ya indicados, las pequeñas industrias y las crías de los animales adquiridos por la Escuela, y en este último caso, el cincuenta por ciento (50%) del producido del animal vendido ingresará a los Fondos Reservados de la Escuela y el cincuenta por ciento (50%) restante pertenecerá a los alumnos en proporción de su trabajo. Cuando el animal no se beneficia comercialmente, sino que se destina a la reproducción, la mitad de la cría obtenida será para los alumnos del respectivo proyecto, y la otra mitad más la hembra, pertenecerá a la Escuela. Volverá a Fondos Reservados de la Escuela lo que ella haya invertido en los proyectos individuales y de grupo de los alumnos, por concepto de materias primas y otros gastos extraordinarios, como transportes, empaques, etc.

02

Constitutional history

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