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Article 4

Las Prestaciones Sociales Del Personal Docente Nacionalizado, Causadas Hasta El 31 De Diciembre De 1975, Son De Responsabilidad De La Entidad Territorial A La Cual Estaban Vinculados Tales Docentes Con Cargo A La Respectiva Caja De Previsión Seccional O A La Entidad Que Hiciere Sus Veces

Decreto 2563 de 1990 · por el cual se determinan las responsabilidades de pago de las prestaciones sociales del personal docente nacional y nacionalizado y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Las prestaciones sociales del personal docente nacionalizado, causadas hasta el 31 de diciembre de 1975, son de responsabilidad de la entidad territorial a la cual estaban vinculados tales docentes con cargo a la respectiva caja de previsión seccional o a la entidad que hiciere sus veces. Tales prestaciones sociales seguirán a cargo de dichas entidades, así como los correspondientes reajustes y la sustitución de pensiones que ocurran en cualquier fecha.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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