º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga el
del artículo 74 y el artículo 75 del Decreto 1562 de 1973, reglamentario de la Ley 5º de 1973, y demás normas que le sean contrarias.
Artículo 74 DECRETO 1562 de 1973 Deroga Artículo 75 DECRETO 1562 de 1973 Comuníquese y cúmplase.