JurídicoESEN

Article 2.2.3.2.4

Asesoría Previa A La Clasificación Como Beneficiario Del Pilar Semicontributivo

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Asesoría previa a la clasificación como beneficiario del Pilar Semicontributivo . Conforme al

Parágrafo 2

del artículo 18 de la Ley 2381 de 2024, la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), de forma previa a la clasificación del afiliado como beneficiario del Pilar Semicontributivo, suministrará asesoría en lenguaje claro respecto a la posibilidad de utilizar las semanas cotizadas para acceder a las prestaciones del Pilar Contributivo o la Prestación Anticipada de Vejez, y del Sistema Actuarial de Equivalencias de que trata el artículo 2.2.4.8.3. del presente decreto. Tal asesoría podrá ser adelantada por cualquier medio de comunicación físico o virtual del que disponga la administradora y la constancia de la asesoría deberá reposar como documento anexo al expediente prestacional de la respectiva solicitud. Para todos los efectos, una vez concedida la Renta Vitalicia del Pilar Semicontributivo no será posible la retractación respecto del beneficio ya otorgado. CAPÍTULO 3 Renta vitalicia del pilar semicontributivo

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 514 de 2025