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Article 112

Derechos Del Disciplinado

Ley 1952 de 2019 · LEY 1952 DE 2019, 28/05/2019, por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario, se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Como sujeto procesal, el disciplinado tiene los siguientes derechos:

1.

Acceder a la actuación.

2.

Designar apoderado.

3.

Ser oído en versión libre, en cualquier etapa de la actuación, hasta antes del traslado para presentar alegatos previos al fallo de primera o única instancia.

4.

Solicitar o aportar pruebas y controvertirlas e intervenir en su prácti­ca, para lo cual se le remitirá la respectiva comunicación.

5.

Rendir descargos.

6.

Impugnar y sustentar las decisiones cuando hubiere lugar a ello.

7.

Obtener copias de la actuación.

8.

Presentar alegatos antes de la evaluación de la investigación y antes del fallo de primera o única instancia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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