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Article 23

Contraprestación Por La Concesión De Servicios Telemáticos Y De Valor Agregado

Decreto 1972 de 2003 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros en materia de telecomunicaciones y los trámites para su liquidación, cobro, recaudo y pago.

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01

Text of the article

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Contraprestación por la concesión de servicios telemáticos y de valor agregado . Por concepto de la concesión para la prestación de servicios de telecomunicaciones telemáticos y de valor agregado habrá lugar al pago de una contraprestación porcentual trimestral por concepto de la prestación de los servicios concedidos y sin consideración del área de cubrimiento, equivalente al tres por ciento (3%) de los ingresos netos causados.

Parágrafo

La definición de ingresos netos establecida en el artículo 2.2.1 de este régimen unificado de contraprestaciones se aplicará sin excepción alguna a todas las concesiones de servicios telemáticos y de valor agregado, a partir de la vigencia de este decreto.

02

Constitutional history

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