Articulo 10. Cuando la retención en la fuente corresponda a pagos o abonos en cuenta por concepto de servicios, el certificado de retención en la fuente de que trata el artículo 17 del Decreto 2026 de 1983, podrá ser sustituido por el original, copia o fotocopia autentica de la factura o documento donde conste el pago, siempre y cuando en el aparezcan identificados los conceptos a que hace referencia mencionado artículo.
Article 10
Cuando La Retención En La Fuente Corresponda A Pagos O Abonos En Cuenta Por Concepto De Servicios, El Certificado De Retención En La Fuente De Que Trata El Artículo 17 Del Decreto 2026 De 1983, Podrá Ser Sustituido Por El Original, Copia O Fotocopia Autentica De La Factura O Documento Donde Conste El Pago, Siempre Y Cuando En El Aparezcan Identificados Los Conceptos A Que Hace Referencia Mencionado Artículo
Decreto 2775 de 1983 · Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 2026 de 1983 y se dictan otras en materia de retención en la fuente
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.