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Article 4

Para Obtener El Certificado Exigido En El Artículo Segundo Literal F), El Solicitante Presentara Al Ministerio De Salud Publica La Bibliografía Relativa A Los Estudios Toxicológicos Del Producto A Licenciarse Y A Enumeración De Los Antídotos Conocidos

Decreto 779 de 1967 · Por el cual se reglamenta el comercio, industria y empleo de plaguicidas, defoliantes y reguladores de las plantas

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°. Para obtener el certificado exigido en el artículo segundo literal f), el solicitante presentara al Ministerio de Salud Publica la bibliografía relativa a los estudios toxicológicos del producto a licenciarse y a enumeración de los antídotos conocidos. Para los productos que ya han gozado de licencia o que han sido experimentados, aprobados y utilizados en condiciones ecológicas similares a aquellas en las cuales van del artículo 2° literal e), pero las entidades de que habla dicho literal podrán autorizar la expedición de este mediante el acopio de literatura o bibliografía relacionada con el producto, su efecto y su comportamiento.

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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