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Article 5

Ley 38 de 1929 · SOBRE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA EN EL TERRITORIO NACIONAL DE LA GOAJIRA

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El personal para atender al recaudo y fiscalización de la renta de licores y demás rentas nacionales en La Goajira será el siguiente, que funcionará bajo la dependencia directa de la Aduana de Tucacas:

Los gastos anteriores, que serán detallados en los presupuestos anuales de la Comisaria, serán atendidos en cada año con el producto de todas las rentas de la Comisaria. Si ocurriere el caso de exceso de recaudos sobre los gastos y hubiere necesidad de efectuar egresos distintos a los que se dejan expresados, no podrán verificarse mientras el Gobierno Nacional no adicione los Presupuestos Nacionales con las partidas respectivas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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