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Article 8

De Las Entidades Competentes Para La Inscripción En La Carrera Administrativa

Decreto 1334 de 1990 · por el cual se reglamenta el inciso tercero del artículo 27 de la Ley 10 de 1990, sobre la inscripción extraordinaria en la Carrera Administrativa de los empleados públicos del subsector oficial de Salud, al servicio de las entidades territoriales y de sus entes descentralizados.

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Text of the article

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° De las entidades competentes para la inscripción en la Carrera Administrativa. Sin perjuicio de las delegaciones que el Ministerio de Salud y el Departamento Administrativo del Servicio Civil estimen necesarias, y en las condiciones establecidas en el inciso segundo del artículo 27 de la Ley 10 de 1990, corresponde a este último la inscripción en Carrera Administrativa de los empleados públicos del Subsector Oficial del Sector Salud, de las entidades territoriales o de sus entes descentralizados.

Parágrafo

La inscripción de los funcionarios de la Secretaría de Salud, del Servicio Seccional de Salud y de las entidades del Subsector Oficial del Sector Salud del Distrito Especial de Bogotá, compete al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, en los términos de la Ley 10 de 1990 y lo dispuesto en el presente Decreto. El citado organismo, mensualmente suministrará al Ministerio de Salud y al Departamento Administrativo del Servicio Civil, el nombre, identificación y cargo de las personas inscritas en la Carrera Administrativa y toda aquella información que el Ministerio de Salud y el Departamento Administrativo del Servicio Civil le soliciten.

02

Constitutional history

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