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Article 2

Ley 2085 De 2021 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo Segundo

Decreto 395 de 1957 · Por el cual se declara de utilidad pública la adquisición de tierras destinadas al cultivo del tabaco, y se dictan disposiciones en relación con la industria tabacalera

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01

Text of the article

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Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo segundo.Autorizase a la caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero para que, con la garantía del Gobierno Nacional, invierta hasta la cantidad de diez millones de pesos ($ 10.000.000.00) moneda corriente, en la adquisición de las tierras a que se refiere el artículo anterior, pudiendo proceder a la expropiación de las mismas en caso de no ser posible la negociación directa.

Una vez adquiridas dichas tierras la Caja procederá a parcelarlas prefiriendo a los actuales aparceros de las mismas, y a los que, situados en otras zonas, tengan interés en adquirirlas.

Parágrafo

Las inversiones que la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero haga en la compra de dichas tierras, tendrán un cupo extraordinario de redescuento en el Banco de la república.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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