Valor de la contraprestación por autorizaciones relativas a las redes privadas de telecomunicaciones. La contraprestación por concepto de las autorizaciones que se otorguen para la modificación, ensanche, renovación, ampliación o expansión de las redes privadas de telecomunicaciones da lugar al pago de una suma equivalente a tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes por cada autorización.
Estas contraprestaciones se causarán por cada acto administrativo que se expida, así éste contenga una o varias autorizaciones concernientes a la red, al servicio o a la concesión.