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Article 21

Las Libranzas, Para Poder Ser Cubiertas, Deberán Llenar Los Requisitos Siguientes : 1

Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)

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Text of the article

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Las libranzas, para poder ser cubiertas, deberán llenar los requisitos siguientes : 1.° Las de la capital de la República llevarán la firma del Habilitado, la anotación en la Mayoría del Cuerpo respectivo, el " Es corriente " del Presidente del Consejo administrativo, la anotación en los Estados Mayores Divisionario y General, y el " Dése " del Ministerio de Guerra ( Modelos números 1, 2 y 3 ). Las de los Cuarteles Generales llevarán igualmente la firma del Habilitado, la anotación en dichos Estados Mayores, el " Visto Bueno " del Comandante General respectivo y el " Dése " del Ministerio de Guerra ( Modelo número 4 ; 2.° Las de las guarniciones donde haya Cuartel General serán suscritas por el Habilitado y anotadas en la Mayoría y Estado Mayor, llevarán el " Es corriente " del Presidente del Consejo administrativo y el " Dése " del Jefe superior de la plaza. Las de los Cuarteles Generales llevarán la firma del Habilitado, el " Dése " del Jefe Superior, y se anotarán en el Estado Mayor ( Modelo número 5 ) ; 3.°Las de las guarniciones donde no haya Cuartel General serán autorizadas por el Habilitado, se anotarán en la Mayoría y llevarán el " Visto Bueno " del Presidente del Consejo administrativo y el " Dése " de la primera autoridad política del lugar ( Modelo número 6 ) ; y 4.° Las de las Compañias sueltas las firmará igualmente el Habilitado, llevaran el " Visto Bueno " del Presidente del Consejo administrativo y el " Dese " de la primera autoridad política del lugar de su acantonamiento. En las libranzas, todas las cantidades se expresarán en letras y números, y al respaldo se hará en letras y números, y al respaldo se hará la demostración del caso.

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Constitutional history

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