La sanción disciplinaria se aplicará teniendo en cuenta las siguientes circunstancias de atenuación de la responsabilidad del profesional de Psicología:
Ausencia de antecedentes disciplinarios en el campo deontológico y bioético profesional durante los cuatro (4) años anteriores a la comisión de la falta.
Demostración previa de buena conducta y debida diligencia en la prestación del servicio de Psicología.