° Los reconocimientos que la Empresa hace a los beneficiarios del empleado que fallece estando a su servicio, se ampliarán en la siguiente forma
La atención médico-asistencial, a seis (6) meses contados a partir de la fecha del fallecimiento;
El seguro de vida extralegal, al equivalente a catorce (14) meses del sueldo que el empleado estuviere devengando en el momento de su fallecimiento.
Los gastos funerarios, hasta un máximo de cuarenta, mil pesos ($ 40.000.00.)