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Article 4

º

Decreto 2791 de 1994 · por el cual se establecen los requisitos y procedimientos para la creación de programas de Doctorado, se crea la Comisión Nacional de Doctorados y se fijan plazos de evaluación de tales programas

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Créase la Comisión Nacional de Doctorados, la cual estará adscrita al CESU e integrada por cinco (5) académicos de reconocido prestigio elegidos por el CESU para un período de dos años, que cumplan con los siguientes requisitos, entre otros

1.

Ser o haber sido profesor de una universidad y tener una amplia trayectoria investigativa.

2.

Poseer título de doctorado o reconocimiento nacional e internacional.

3.

Haber desarrollado o estar adelantando investigación.

4.

Haber publicado en los últimos cinco años artículos en revistas indexadas especializadas.

Parágrafo

En el caso de profesores universitarios en ejercicio, no podrá haber dos miembros de una misma institución.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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