De los efectos de la suspensión de giros de asignaciones directas de regalías . Cuando se suspenda el giro de los recursos del Sistema General de Regalías, el representante legal de la entidad beneficiaria debe proceder a aplazar la ejecución de las apropiaciones financiadas con esta fuente y los saldos en cuenta relacionados con este. La medida descrita en el inciso anterior, debe adoptarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de la suspensión y se mantendrá hasta que la misma sea levantada. La omisión del aplazamiento de las apropiaciones generará las consecuencias fiscales, disciplinarias, penales y civiles previstas en las normas vigentes.
Decreto 4923 de 2011 →In force
Article 122
De Los Efectos De La Suspensión De Giros De Asignaciones Directas De Regalías
Decreto 4923 de 2011 · por el cual se garantiza la operación del Sistema General de Regalías.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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