Recursos contra los actos del Instituto. Salvo disposición legal en contrario, sólo procederá el recurso de reposición contra las resoluciones que dicte el Director General en los asuntos de su competencia, surtido el cual, se entenderá agotada la vía gubernativa.. Si la providencia contra la cual se interpone el recurso ha sido aprobada por la Junta Directiva conforme a estos Estatutos, la reposición se interpondrá ante el Director General, pero la providencia que los resuelva deberá ser aprobada también por la Junta Directiva. Si la providencia recurrida ha sido expedida, por la Junta Directiva, el recurso se intentará directamente ante ésta, a quien corresponderá resolverlo. Contra los actos de la junta Directiva o del Director General, que establezcan situaciones jurídicas generales, no procede recurso alguno, sin perjuicio de las acciones contencioso administrativas a que hubiere lugar. Por regla general, en la tramitación de los recursos se observarán las normas del Decreto 2733 de 1959 y las demás disposiciones que lo modifiquen, o adicionen.
Decreto 2205 de 1983 →In force
Article 29
Recursos Contra Los Actos Del Instituto
Decreto 2205 de 1983 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Geográfico Agustín Codazzi
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.